Leyes Economía y finanzas N.º 737
Fuerza PopularModifica el artículo 326 del Código Civil, incorpora los artículos 326-a, 326-b, 326-c, 326-d, 326-e, 326-f, 326-g y 326-h en el Código Civil
Lo firman 6 diputados de Fuerza Popular. Presentado el 3 de noviembre de 2026 en Diputados.
¿En qué está?
- Presentado
- En comisión
- En el Pleno
- Aprobado
- Es ley
Presentado · el Congreso lo registra como «presentado»
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Lo que sigue Que se envíe a una comisión.
Qué propone
Propone modificar y reconocer expresamente la facultad de quienes integran, o van a integrar, una unión de hecho de elegir y sustituir de común acuerdo el régimen patrimonial aplicable a su convivencia, de manera análoga a la que el Código Civil reconoce a los cónyuges; conservar la sociedad de gananciales como régimen supletorio; y establecer garantías de información, formalidad, publicidad y protección para ambos convivientes y para los terceros.
PROPOSICIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 326 DEL CÓDIGO CIVIL, INCORPORA LOS ARTÍCULOS 326-A, 326-B, 326-C, 326-D, 326-E, 326-F, 326-G Y 326-H EN EL CÓDIGO CIVIL, Y EL ARTÍCULO 52-A EN LA LEY 26662, LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, PARA RECONOCER EXPRESAMENTE LA FACULTAD DE LOS INTEGRANTES DE UNA UNIÓN DE HECHO DE ELEGIR Y SUSTITUIR SU RÉGIMEN PATRIMONIAL, CON GARANTÍAS DE INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN.
Sumilla y título oficiales. El texto completo, en el expediente ↗.
Quién lo firma · 6 diputados
Historial
- 3 de noviembre de 2026 presentado · PL-00737-2026-2031-CD.pdf ↗
Fechas del expediente oficial.